AFIP anunció que se puede pedir la devolución del 35% del dólar ahorro de aquellos consumos realizados entre el 16 de septiembre, cuando entró en vigencia el impuesto, y el 31 de diciembre de 2020.
Sofía Paleari, contadora, informó en diálogo con Radio Chubut sobre quienes pueden pedir la devolución y cómo hacerlo.
En este sentido comentó que hay tres formas de pedir la devolución:
La primera es para los están inscriptos en impuestos a las ganancias o a los que les retienen en su salario ganancias, tienen dos formas de pedirlo.
Aquellos que están inscriptos en impuestos y tienen que presentar declaración jurada, deben pedirlo cuando se hace la declaración jurada anual de ganancias.
Los que trabajan en relación de dependencia lo tienen que pedir a través del SiRADIG, por el formulario 572 que todos los empleados en relación de dependencia a los que les retienen ganancias completan. “En ese formulario AFIP agregó una opción para cargar las percepciones que tuvieron durante el año. Después, cuando se haga el cálculo anual, su empleador les va a devolver el saldo restante entre lo que corresponde de ganancia y lo que hayan pagado de más por ese 35%” explicó.
Por último para los que no tributan ganancias hay un servicio que se llama devolución percepciones, en el cual hay que cargar todas las percepciones que tuvieron.
La devolución del 35% se aplica, entre otras cosas, para las compras de dólar ahorro, pagos en pesos de consumos con tarjetas de crédito en moneda extranjera, compra de pasajes con destino al exterior y compra de servicios en el exterior a través de agencias de turismo.
Finalmente Paleari indicó que para que se realice la devolución se la debe pedir a través de la página web de la AFIP.
“Hay que entrar a la parte de devoluciones, si bien la AFIP te trae la información deben controlar que este bien y presentarlo mensualmente para que te lo devuelvan. También si lo hacen a través del servicio de devoluciones deben que informar a AFIP el CBU al cual quieren que lo devuelvan” informó.