“Ante las reiteradas e infundadas afirmaciones públicas vertidas por la conducción de ServiCoop, pretendiendo instalar que la Planta de Ósmosis Inversa (POI) carece de estudios ambientales o representa un riesgo sanitario para la red de agua de la ciudad, Aluar tiene la obligación de desarticular, con datos técnicos, legales y documentales irrefutables, las declaraciones con las que la Cooperativa está generando una preocupante campaña de desinformación pública en la comunidad.
Contraria a su responsabilidad como cooperativa de servicios públicos, ServiCoop promueve la inquietud en los vecinos difundiendo información sesgada, errónea e imprecisa, en particular en el marco de la escasez de agua y la emergencia hídrica aún no resuelta en la ciudad:
1. Aluar cumple estrictamente con la normativa ambiental y bloquea el riesgo sanitario hacia la red.
Evaluación Ambiental Aprobada: El proyecto desarrolló su correspondiente Informe Ambiental de Proyecto (IAP), fue sometido a dos instancias de Consulta Pública (en 2018 y septiembre de 2023) y cuenta con la aprobación del Informe Ambiental del Proyecto emitida por el Ministerio de Ambiente de Chubut mediante la Disposición N° 32/2024-SGAyDS, habilitando su construcción.
Habilitación Operativa Oficial: En función de cumplimentar con los requerimientos de la Disposición anteriormente mencionada, la Provincia, a través de la Secretaría de Ambiente, autorizó el inicio de la puesta en marcha de la POI mediante la Nota N° 174/2026-SsGAyDS.
Desacoplamiento Técnico Total: La planta de agua desalinizada está pensada para abastecer a procesos industriales. El circuito se encuentra desconectado de la red pública mediante válvulas antirretorno y sistemas de enclavamiento, garantizando que no existe posibilidad alguna de volcado ni riesgo sanitario para la red de la ciudad.
Afirmar que Aluar pone en riesgo la red pública es una falsedad técnicamente irresponsable que solo busca generar alarma injustificada en los vecinos.
Conocimiento Documentado durante 8 Años: Es falso que la Cooperativa desconociera el proyecto. Constan en las actuaciones las minutas de reuniones institucionales de mayo de 2018 y noviembre de 2024, la participación de ServiCoop en la Consulta Pública de 2023 y la entrega en mano de la propuesta de régimen de suministro el 4 de septiembre de 2026.
ServiCoop no puede alegar «sorpresa» ni «falta de información».
En el documento, Aluar también cuestionó el accionar de la Cooperativa y sostuvo que existen incumplimientos regulatorios, ambientales y legales que, según afirmó, surgen de un expediente solicitado por la propia ServiCoop al EPRESP:
2. Los verdaderos e incompatibles incumplimientos de ServiCoop surgen del expediente que la propia Cooperativa solicitó al EPRESP.
Mientras intenta acusar infundadamente a una industria que invirtió capital privado para liberar 1,5 millones de litros diarios de agua dulce para los vecinos, la conducción de ServiCoop omite informar a la comunidad sobre sus propios e incontestables incumplimientos regulatorios, ambientales y legales:
Permiso de Extracción de Agua Vencido e Intimado por el Estado: El Instituto Provincial del Agua (IPA), mediante la Nota N° 247/26.AGRH-IPA, certificó oficialmente en el expediente administrativo que ServiCoop extrae agua del Río Chubut con su permiso de uso hídrico vencido, acumulando deudas por canon hídrico provincial y habiendo sido intimada mediante la Nota N° 32/2026-IPA.
Aplicación de Reglamentos sin Aprobación Municipal: El Concejo Deliberante de Puerto Madryn, mediante la Nota N° 103 SCD/26, confirmó que el pretendido «Reglamento de Usuarios 2024» que ServiCoop intenta invocar para amenazar con cortes o aplicar penalidades nunca fue aprobado por el Municipio, careciendo de toda validez. Además, ratifica que Aluar no violó la concesión municipal y que ServiCoop no posee exclusividad sobre el abastecimiento industrial.
La empresa también consideró que ServiCoop debe informar pública e inmediatamente a sus asociados sobre distintos aspectos de su gestión, entre ellos:
- Exposición y desglose de la estructura de costos de los servicios.
- Acreditación de la matriz de costos y coeficientes de la MEC.
- Vigencia de habilitación y concesión de uso hídrico del Río Chubut (IPA) y estado de deuda con el Instituto.
- Aprobación municipal de reglamentos.
- Constancia de aprobación previa del Concejo Deliberante sobre ajustes históricos.
Aluar reitera que su documentación técnica y ambiental se encuentra plenamente en regla y a disposición de las autoridades competentes, rechazando categóricamente cualquier intento de difamación o extorsión tarifaria”.

