Afirmó que según la Ordenanza de la AFIP, las tarjetas de créditos no son de recepción obligatorias para el vendedor, como lo son las de débito, donde se informa que el uso es obligatorio a partir del monto de 100 pesos.
De este modo, Echegaray recordó que, esta fuera de la normativa cobrar un monto extra cuando se abona en efectivo, debito, o tarjeta de crédito en un pago.
De suceder esto, sugirió a los consumidores que pueden denunciar si el comerciante está obrando fuera de la ley.
Para finalizar el funcionario dio a conocer que no están recibiendo muchas denuncias en referencia a los medios de pago, sino más que nada, al mal uso de datos, lo que ocurre cuando se da información no debida y el consumidor se ve perjudicado por el robo de los mismos.

