La presentación por El Pedral se hizo en los últimos días y el rechazo llegó en la primera instancia, antes de entrar al fondo del planteo. Según explicó Gómez Lozano, el amparo quedó radicado en el fuero contencioso administrativo, que es el que hoy resuelve este tipo de causas.
Para el abogado, ese cambio de fuero explica parte del resultado. Hasta hace dos años los amparos los trataban las cámaras de apelaciones, con jueces de trayectoria, y ahora intervienen juzgados nuevos con magistrados designados por el gobierno. Es su lectura, no la del tribunal.
En Cracker, la sentencia declaró nulo el acuerdo entre la Secretaría de Pesca y la estancia y quedó firme hace aproximadamente un año. Además de publicarla, la provincia sacó el cartel de prohibido pasar que había en el lugar.
A esta altura ese trámite es casi anecdótico, dijo Gómez Lozano. El acceso está abierto desde hace tiempo y lo que hay es una tranquera cerrada sin candado, para que no salgan las ovejas, que el visitante abre y vuelve a cerrar. El fallo obliga al privado, pero nadie pasa la máquina por los caminos ni define dónde estacionar, señaló.
El abogado señaló que las playas ordenadas son las que están dentro de ejidos urbanos, mencionó Punta Pardela y Bocatoma, a siete kilómetros de 28 de Julio, y apuntó al Estado antes que a los propietarios. “No está dentro de la agenda pública”, afirmó.

