La Cooperativa Eléctrica aclara sobre los alcances del decreto que prohíbe los cortes de energía – LU20 – Radio Chubut – AM580
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La Cooperativa Eléctrica aclara sobre los alcances del decreto que prohíbe los cortes de energía

Ante las dudas planteadas por usuarios, la Cooperativa Eléctrica de Trelew se ve en la necesidad de aclarar los alcances del decreto del Poder Ejecutivo Nacional que establece la prohibición de realizar cortes de energía eléctrica.

Tema: Trelew - Fecha de Publicación: 2 abril, 2020

Ante las dudas planteadas por usuarios, la Cooperativa Eléctrica de Trelew se ve en la necesidad de aclarar los alcances del decreto del Poder Ejecutivo Nacional que establece la prohibición de realizar cortes de energía eléctrica.

Según lo dispuesto por el PEN, la prohibición de los cortes no es universal y solo está dispuesta para determinadas categorías, lo que no implica una prestación gratuita del servicio por lo que los usuarios deben estimar que, ante en no pago de las boletas, se acumula deuda, la que deberá ser regularizada una vez termine la vigencia del decreto.

Las categorías alcanzadas son:

·         Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y la Asignación por Embarazo.

·         Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

·         Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.

·         Jubilados y jubiladas; pensionadas y pensionados; y trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

·         Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en DOS (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.

·         Usuarios y usuarias que perciben seguro de desempleo.

·         Electrodependientes, beneficiarios de la Ley N° 27.351.

·         Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares (Ley N° 26.844).

El decreto, en definitiva, suspende los cortes frente a las deudas a determinados rubros, pero no los pagos por el servicio que las Cooperativas prestan por lo que la facturación seguirá llegando, lo que implica naturalmente, generar deudas que tras la finalización de la vigencia del decreto deberán ser abonadas, salvo que en el plazo se decreten otras medidas.

En conclusión, se suspenden los cortes pero no la facturación y si no se paga lo facturado se genera deuda.

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