En este caso se aplicó el concepto de «identidad dinámica» que está contemplada en la ley que rige desde mediados del 2012.
Se trata de una joven que en principio cambió su identidad de mujer a hombre y ahora, tras una «elaboración psíquica genuina» concluyó que su verdadera identidad era con la cual nació, por lo que volvió a identificarse como cuando vino al mundo.
La juez Pino recordó que el primer trámite de cambio de género es de tipo administrativo y se hace en sede del Registro Civil, aunque para rectificarlo y volver al anterior se arma un expediente judicial que llegó a su despacho.
Daniela Pino reconoció que se está frente a una persona «sufriente» que incluso se sometió a una mastectomía.
Sin embargo no descartó que vuelva a cambiar de opinión, porque eso está también contemplado en el concepto de «identidad dinámica».

