La medida fue cuestionada vía recurso de amparo por clubes de pesca y ciudadanos independientes.
De hecho, la jueza detalló que en este caso se tuvo un criterio de «legitimación activa», es decir que no necesariamente se atendió el reclamo por provenir de organizaciones de pescadores sino que se le asignó el derecho de cualquier ciudadano que considere una arbitrariedad que se le impida el ingreso a la costa.
La disposición de la secretaría de pesca, sin embargo, continúa vigente mientras se hacen los trámites que incluirán el pedido a las partes a que fundamenten la medida, en este caso a la propia repartición pública y el dueño del campo con el que se firmó el convenio.
Cordón Ferrando reconoció que la causa sentará un precedente, porque es la primera vez que se judicializa una situación de esta características aunque las quejas por situaciones similares no son nuevas, como ocurrió no hace mucho con el acceso a Pardelas.

