Indicó que por no justificar la no emisión del voto, en la categoría de diputados nacionales, hay una multa muy leve de entre 50 y 500 pesos; pero en cambio, respecto a categorías provinciales -infracción del artículo 174 del Código Electoral Provincial- como es el caso del referéndum y el Consejo de la Magistratura, la multa es de medio JUS -unidad de medida judicial- que hoy equivale a 30 mil pesos.
Más aún, remarcó que en el caso de autoridades de mesa que no se presenten el domingo a cumplir con su obligación -infracción del artículo 175 del Código Electoral Provincial- se determinó que la multa será de tres JUS, es decir, unos 180 mil pesos a valores vigentes hoy, que luego se van actualizando con el tiempo.

